¿Cómo organizar una boda civil en Madrid?: pasos básicos

Publicado en por Sebastian Correa

Una boda civil es, en principio, la aceptación de la unión de dos personas ante la ley. En Madrid se necesitan habitualmente los mismos requisitos que en cualquier parte de España, con excepción de algunos detalles que tienen que ver con el lugar de residencia y del lugar dónde se celebrará la boda. Estos son los pasos básicos para organizar bodas civiles en Madrid.

Pasos inciales

Los trámites para casarse en Madrid son los siguientes:

  • Previamente se debe solicitar una cita en el Registro Civil Único.

  • Como mínimo una de las dos personas que contraerá matrimonio debe residir en Madrid, para que dicho Registro sea competente.

Los trámites de unión civil habitualmente se inician en el lugar de residencia de los contrayentes. Si viven en municipios distintos, pueden elegir el que deseen.

  • Se debe haber vivido los dos últimos años en Madrid. Caso contrario, se debe traer constancia de dónde se ha residido.

  • Como mínimo un testigo debe prestar declaración cuando se inicia el expediente.

En muchas ocasiones, las ceremonias religiosas que se celebran en Madrid tienen la misma validez que una ceremonia civil.

Las religiones que tienen efectos civiles en sus celebraciones religiosas son:

- Católica

- Evangélica

- Islámica

- Israelita

Estas celebraciones tienen el mismo valor que tiene una ceremonia religiosa.

Documentación

Los requisitos y documentación necesaria para iniciar los trámites para una unión civil son los siguientes:

  • Certificación literal de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento. Allí debe constar la cantidad de años que hace que se reside en el mismo municipio.
  • DNI o Pasaporte, en original y fotocopia.
  • Si uno o ambos solicitantes son divorciados, se necesitará presentar certificación literal de matrimonio previo, con la nota marginal del divorcio.
  • Si uno o ambos fueran viudos se necesita presentar certificación literal de matrimonio previo y además certificación literal de defunción del otro cónyuge.
  • Al menos uno de los testigos debe presentar documento de Identidad.

Para los extranjeros, no existen muchas diferencias. Estos son los requisitos básicos:

  • Como mínimo, uno de los dos contrayentes debe residir en Madrid y debe constar que al menos los dos últimos años ha vivido allí.
  • Los certificados de matrimonio y nacimiento deben estar legalizados, y si correspondiera, traducidos.

No varía el resto de la documentación a presentar.

Dutra-Valenzuela_8626w

Etiquetado en Boda

Para estar informado de los últimos artículos, suscríbase:
Comentar este post